4 de mayo de 2013

¿Último Minuto! - Se aprueba Reglamento de Ley de Reforma Magisterial

Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial estipula nuevos niveles para el profesorado y, por lo tanto, sus respectivos aumentos. Se evaluará el desempeño de los docentes y si desaprueban en tres ocasiones serán despedidos.
 
Eduardo Salinas Y.

La nueva Ley de Reforma Magisterial sigue su marcha. El Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación aprobaron el reglamento de la Ley N° 29944 'Ley de Reforma Magisterial'. Este documento desarrolla y reglamenta los 6 títulos de la nueva ley aprobada el 25 de noviembre del 2012.(Click para agranadar la imagen)




Ahora, los profesores que vienen de los dos regímenes anteriores, que fueron la Ley del Profesorado (1984) y la Ley de la Carrera Pública Magisterial (2007), se unirán a este nuevo régimen. Que tiene en su estructura ocho escalas magisteriales y sus aumentos (ver infografía), las cuales tienen requisitos específicos vinculados a tiempo de permanencia, formación académica y competencias pedagógicas diferenciadas, tomando como base el Marco del Buen Desempeño Docente. 

"Los profesores de la Ley de Carrera Pública, como ya fueron evaluados, se están reubicando en un nivel mayor. En el caso de los docentes de la antigua Ley del Profesorado, al no haber sido evaluados aún, se encuentran ubicados en los niveles I, II o III de esta nueva ley. Ahora, a partir de la publicación del nuevo reglamento se hará una evaluación para que sean ubicados en los niveles superiores, hasta el sexto nivel", explicó Martín Vegas, viceministro de Educación.   
     
Pero ¿cómo podrán ascender los profesores en la Ley de Reforma Magisterial? Tal y como refiere el viceministro Vargas, los maestros ingresarán al nuevo régimen por sus conocimientos, a fin de ser reubicados en una de las escalas magisteriales. 

"El ingreso a la Ley de Reforma Magisterial se divide en dos etapas, una nacional, a cargo del Ministerio de Educación, y otra en la institución educativa. La primera consiste en una prueba clasificatoria en la que se califican las habilidades generales del maestro, conocimientos disciplinarios o de la especialidad, nociones pedagógicas y curriculares", comentó el viceministro.

La segunda etapa está a cargo de la institución educativa en la que trabaja el docente y en ella se evalúa la capacidad didáctica, formación profesional, méritos y experiencia profesional del profesor. El puntaje total del postulante para determinar su ubicación en el cuadro de méritos resulta de sumar los puntajes obtenidos en las dos etapas. El postulante es nombrado siempre que alcance plaza vacante y supere el puntaje mínimo establecido, en estricto orden de méritos.

"En octubre del 2013 se realizará la evaluación de reubicación; esta es voluntaria para los profesores que vienen de la Ley del Profesorado (de 1984) y que desean pasar a una escala más alta", dijo Vegas.

DESEMPEÑO DOCENTE

Luego, al estar ubicados en una escala magisterial, los profesores tendrán una evaluación de desempeño docente, que se realizará cada 3 años. Esto determinará los ascensos y la permanencia de los profesores en la carrera. 

"La evaluación del desempeño es más que un examen, ya que también se evalúa el trabajo del profesor en el aula; al aprobar estas evaluaciones el profesor se presenta al ascenso en la estructura de escalas magisteriales",  sostuvo el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba.

El funcionario indicó que este reglamento también permite identificar las necesidades de formación en el servicio del profesor para mejorar su práctica docente. Pero ahora, el maestro debe tener en cuenta que si desaprueba esta evaluación de desempeño en tres oportunidades, el Ministerio de Educación lo despedirá de su puesto laboral.

"Cuando un docente desaprueba la evaluación de desempeño, el Ministerio de Educación lo capacita por 6 meses; posteriormente la entidad ministerial nuevamente lo evalúa, y si desaprueba por segunda vez lo seguirá capacitando. Si la desaprobación persiste, se le rescindirá el contrato, previo pago de las obligaciones de ley que la institución debe depositar", informó Paiba.

Además, la ley contempla el concurso para evaluación de ascenso que busca promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, evaluando la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos. También la evaluación para el acceso a cargos, como los de directores y jefes de Ugel.

"Entre los meses de julio y setiembre se evaluará a los docentes que deseen acceder a un cargo como director de colegio. Vamos a poner a concurso 15 mil plazas de directores de instituciones educativas; los profesores deberán demostrar capacidad para la gestión educativa", argumentó el viceministro. 

ALGUNAS CRÍTICAS

El educador Idel Vexler revisó en forma preliminar el reglamento e indicó que en este reglamento no se fijan las asignaciones y bonificaciones referidas a los cargos de director, subdirector, a los que trabajan en áreas rurales, y otros beneficios que en la antigua ley sí se encontraban establecidos.

"Hay que reconocer que ha habido un avance en relación con el anteproyecto de ley, al no establecer que para el sexto y sétimo nivel se requería la maestría y para el octavo el doctorado. Ahora se pide la maestría para el sétimo y el doctorado para el octavo. Creo que es un avance, aunque hubiera sido positivo que no se exija el doctorado en la escala magisterial. Pero hay que analizar bien el reglamento porque existen muchas aristas que se deben destacar o criticar", expresó Idel Vexler.  

Por su parte el secretario general del Sutep, Hamer Villena, criticó la nueva ley de reforma magisterial porque, explicó, reduce la participación gremial. “Con este nuevo reglamento no podemos evaluar a los contratados y ni participar en los procesos de nombramiento de docentes ni administrativos. Además no nos permite realizar evaluaciones de desempeño. No existe tolerancia en la tardanza y da facultades excesivas al director para que haga una labor de fiscalización”, precisó.

LOS PROFESORES QUE SUPEREN LOS 65 AÑOS DE EDAD SERÁN JUBILADOS 

Antes los profesores se jubilaban a los 70 años, ahora con el reglamento ocurrirá a los 65 años.

"En este mes de mayo todos los profesores que se encuentren en el tramo de los 65 y 70 años, serán jubilados. Ellos recibirán una compensación por tiempo de servicios", expresó el viceministro Martín Vegas.

La autoridad ministerial indicó que esta compensación se encuentra en ascenso en el nuevo reglamento. Ahora los maestros reciben por año de servicios un catorceavo de su remuneración anual por compensación de tiempo de servicios.

El reglamento dice en el artículo 114.- Retiro por límite de edad: "El profesor es retirado definitivamente al cumplir sesenta y cinco (65) años de edad. El retiro se efectúa de oficio debiendo la administración comunicar del hecho al profesor en un plazo no menor de quince (15) días calendario previos al retiro.
 
EN CIFRAS

15 mil plazas para directores habrá el 2013, la evaluación es para que demuestren su capacidad de gestión.

1,243 es el salario de un maestro al encontrarse en el I nivel de la escala, tras laborar 24 horas pedagógicas semanales.

2 veces se permitirá al docente desaprobar en la evaluación. A la tercera será despedido.

Más Datos

El congresista Daniel Mora cuestionó la ausencia de los montos de asignaciones basados en la jornada laboral de 40 horas pedagógicas para ser considerados en el presupuesto del próximo año, así como la falta de leyes que regulen los dos concursos excepcionales de acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala.

“En el reglamento no están contemplados estos montos, esto debe hacerse por el decreto supremo específico, norma que estamos preparando con los cálculos correspondientes para su efecto presupuestal”, dijo Salas, antes de informar que los citados concursos están siendo elaborados todavía.


Fuente:

La República 

El Comercio


¿Último Minuto! - Se aprueba Reglamento de Ley de Reforma Magisterial

Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial estipula nuevos niveles para el profesorado y, por lo tanto, sus respectivos aumentos. Se evaluará el desempeño de los docentes y si desaprueban en tres ocasiones serán despedidos.
 
Eduardo Salinas Y.

La nueva Ley de Reforma Magisterial sigue su marcha. El Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación aprobaron el reglamento de la Ley N° 29944 'Ley de Reforma Magisterial'. Este documento desarrolla y reglamenta los 6 títulos de la nueva ley aprobada el 25 de noviembre del 2012.(Click para agranadar la imagen)




Ahora, los profesores que vienen de los dos regímenes anteriores, que fueron la Ley del Profesorado (1984) y la Ley de la Carrera Pública Magisterial (2007), se unirán a este nuevo régimen. Que tiene en su estructura ocho escalas magisteriales y sus aumentos (ver infografía), las cuales tienen requisitos específicos vinculados a tiempo de permanencia, formación académica y competencias pedagógicas diferenciadas, tomando como base el Marco del Buen Desempeño Docente. 

"Los profesores de la Ley de Carrera Pública, como ya fueron evaluados, se están reubicando en un nivel mayor. En el caso de los docentes de la antigua Ley del Profesorado, al no haber sido evaluados aún, se encuentran ubicados en los niveles I, II o III de esta nueva ley. Ahora, a partir de la publicación del nuevo reglamento se hará una evaluación para que sean ubicados en los niveles superiores, hasta el sexto nivel", explicó Martín Vegas, viceministro de Educación.   
     
Pero ¿cómo podrán ascender los profesores en la Ley de Reforma Magisterial? Tal y como refiere el viceministro Vargas, los maestros ingresarán al nuevo régimen por sus conocimientos, a fin de ser reubicados en una de las escalas magisteriales. 

"El ingreso a la Ley de Reforma Magisterial se divide en dos etapas, una nacional, a cargo del Ministerio de Educación, y otra en la institución educativa. La primera consiste en una prueba clasificatoria en la que se califican las habilidades generales del maestro, conocimientos disciplinarios o de la especialidad, nociones pedagógicas y curriculares", comentó el viceministro.

La segunda etapa está a cargo de la institución educativa en la que trabaja el docente y en ella se evalúa la capacidad didáctica, formación profesional, méritos y experiencia profesional del profesor. El puntaje total del postulante para determinar su ubicación en el cuadro de méritos resulta de sumar los puntajes obtenidos en las dos etapas. El postulante es nombrado siempre que alcance plaza vacante y supere el puntaje mínimo establecido, en estricto orden de méritos.

"En octubre del 2013 se realizará la evaluación de reubicación; esta es voluntaria para los profesores que vienen de la Ley del Profesorado (de 1984) y que desean pasar a una escala más alta", dijo Vegas.

DESEMPEÑO DOCENTE

Luego, al estar ubicados en una escala magisterial, los profesores tendrán una evaluación de desempeño docente, que se realizará cada 3 años. Esto determinará los ascensos y la permanencia de los profesores en la carrera. 

"La evaluación del desempeño es más que un examen, ya que también se evalúa el trabajo del profesor en el aula; al aprobar estas evaluaciones el profesor se presenta al ascenso en la estructura de escalas magisteriales",  sostuvo el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba.

El funcionario indicó que este reglamento también permite identificar las necesidades de formación en el servicio del profesor para mejorar su práctica docente. Pero ahora, el maestro debe tener en cuenta que si desaprueba esta evaluación de desempeño en tres oportunidades, el Ministerio de Educación lo despedirá de su puesto laboral.

"Cuando un docente desaprueba la evaluación de desempeño, el Ministerio de Educación lo capacita por 6 meses; posteriormente la entidad ministerial nuevamente lo evalúa, y si desaprueba por segunda vez lo seguirá capacitando. Si la desaprobación persiste, se le rescindirá el contrato, previo pago de las obligaciones de ley que la institución debe depositar", informó Paiba.

Además, la ley contempla el concurso para evaluación de ascenso que busca promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, evaluando la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos. También la evaluación para el acceso a cargos, como los de directores y jefes de Ugel.

"Entre los meses de julio y setiembre se evaluará a los docentes que deseen acceder a un cargo como director de colegio. Vamos a poner a concurso 15 mil plazas de directores de instituciones educativas; los profesores deberán demostrar capacidad para la gestión educativa", argumentó el viceministro. 

ALGUNAS CRÍTICAS

El educador Idel Vexler revisó en forma preliminar el reglamento e indicó que en este reglamento no se fijan las asignaciones y bonificaciones referidas a los cargos de director, subdirector, a los que trabajan en áreas rurales, y otros beneficios que en la antigua ley sí se encontraban establecidos.

"Hay que reconocer que ha habido un avance en relación con el anteproyecto de ley, al no establecer que para el sexto y sétimo nivel se requería la maestría y para el octavo el doctorado. Ahora se pide la maestría para el sétimo y el doctorado para el octavo. Creo que es un avance, aunque hubiera sido positivo que no se exija el doctorado en la escala magisterial. Pero hay que analizar bien el reglamento porque existen muchas aristas que se deben destacar o criticar", expresó Idel Vexler.  

Por su parte el secretario general del Sutep, Hamer Villena, criticó la nueva ley de reforma magisterial porque, explicó, reduce la participación gremial. “Con este nuevo reglamento no podemos evaluar a los contratados y ni participar en los procesos de nombramiento de docentes ni administrativos. Además no nos permite realizar evaluaciones de desempeño. No existe tolerancia en la tardanza y da facultades excesivas al director para que haga una labor de fiscalización”, precisó.

LOS PROFESORES QUE SUPEREN LOS 65 AÑOS DE EDAD SERÁN JUBILADOS 

Antes los profesores se jubilaban a los 70 años, ahora con el reglamento ocurrirá a los 65 años.

"En este mes de mayo todos los profesores que se encuentren en el tramo de los 65 y 70 años, serán jubilados. Ellos recibirán una compensación por tiempo de servicios", expresó el viceministro Martín Vegas.

La autoridad ministerial indicó que esta compensación se encuentra en ascenso en el nuevo reglamento. Ahora los maestros reciben por año de servicios un catorceavo de su remuneración anual por compensación de tiempo de servicios.

El reglamento dice en el artículo 114.- Retiro por límite de edad: "El profesor es retirado definitivamente al cumplir sesenta y cinco (65) años de edad. El retiro se efectúa de oficio debiendo la administración comunicar del hecho al profesor en un plazo no menor de quince (15) días calendario previos al retiro.
 
EN CIFRAS

15 mil plazas para directores habrá el 2013, la evaluación es para que demuestren su capacidad de gestión.

1,243 es el salario de un maestro al encontrarse en el I nivel de la escala, tras laborar 24 horas pedagógicas semanales.

2 veces se permitirá al docente desaprobar en la evaluación. A la tercera será despedido.

Más Datos

El congresista Daniel Mora cuestionó la ausencia de los montos de asignaciones basados en la jornada laboral de 40 horas pedagógicas para ser considerados en el presupuesto del próximo año, así como la falta de leyes que regulen los dos concursos excepcionales de acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala.

“En el reglamento no están contemplados estos montos, esto debe hacerse por el decreto supremo específico, norma que estamos preparando con los cálculos correspondientes para su efecto presupuestal”, dijo Salas, antes de informar que los citados concursos están siendo elaborados todavía.


Fuente:

La República 

El Comercio


17 de abril de 2013

II Asamblea Nacional de Delegados del SUTEP

"Por una línea sindical clasista"

SUTEP - COMITÉ DE LUCHA





OFICIO MULTIPLE  N° 002– 2013-CNL


COMPAÑERO (A)             : SECRETARIO GENERAL REGIONAL, PROVINCIAL Y/O  DISTRITAL.

ASUNTO                            : CONVOCA A II ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS, para el 27 de Abril del 2013, en la ciudad de Ica
                                                ________________________________________________________________

                                                Es grato dirigirnos a su combativa Base Sindical, para expresarle el saludo de clase a nombre del Comité Nacional de Lucha del SUTEP, y al mismo tiempo manifestar lo siguiente:

                                                El plan neoliberal del imperialismo norteamericano, tiene como objetivo profundizar el dominio económico y político en nuestro país, a través de sus instrumentos FMI, BM, BID,  acudiendo a la mentira de que el Estado debe ser achicado y/o modernizado, abandonando  sus obligaciones sociales con el pueblo como es el de proveer educación, salud, seguridad, pensiones, etc., apertura el mercado nacional para que las transnacionales se lleven a manosllenastodos nuestros recursos naturales, implanta la política de la flexibilización laboral, privatización de: empresas nacionales, agua potable, educación, tierras comunales, electricidad, telefonía, etc.

El gobierno fascista de Ollanta Humala, prosigue su camino burocrático de liquidar a sangre y fuego los derechos fundamentales del pueblo peruano, como el derecho a la educación  pública gratuita, a la salud, derecho al trabajo,  igualdad ante la ley, derecho a protesta y huelgas, viene desfinanciando a la educación a través de la racionalización  del gasto público, continua su política de privatización de escuelas, encargando a las ONGs la administración de la educación ( I.E. Marca Perú) y de despido masivo de trabajadores (Servicio Civil); a los maestros pretende arrebatarnos la Estabilidad Laboral a través de la “Ley de Reforma Magisterial” y destruir nuestra organización sindical. 

Empero, los maestros continuamos en la lucha por una educación científica, nacional, antiimperialista  y al servicio del pueblo, enarbolando la defensa del derecho a la educación del pueblo y los derechos laborales de los trabajadores en la educación del Perú, ante la arremetida del: Estado y el régimen de turno, el desarrollo de nuestra Huelga Nacional Indefinida 2012, nos ha permitido desenmascarar el negro plan de privatización  de la educación pública por medio de la Regionalización (R.M.Nº 238) que indica que el padre de familia será responsable de contratar los servicios  de docentes, hacer el mantenimiento de las infraestructuras y mobiliarios, de esta manera el Estado se deshace paulatinamente de su función social  de dar educación gratuita a los hijos del pueblo, pero para privatizar requieren despedir masivamente a todos los trabajadores en la educación y para ello han creado la privatista ley de reforma magisterial Nº29944. También nuestra lucha ha servido para desentrañar el papel que viene ejerciendo el programa PELA, que no hace más que desprestigiar el trabajo del profesor, como lo han venido haciendo en Lima al Evaluar a los maestros de 2º grado, en la cual manifiestan que sólo el 3% de los maestros están en óptimas condiciones para estar en el aula y 97% no estaría en dichas condiciones; con esas mismas intenciones el presente año PELA estaría  aplicándose en educación secundaria. Aquellos implementadores (especialistas, coordinadores y acompañantes)  que se han vendido por un plato de lentejas e  incapaces vienen realizando este mismo trabajo de vendernos ante la patronal. Del mismo modo, año tras año sistemáticamente se sigue desprestigiando al profesor de aula del 2º y 4º grado de primaria, a través de la Evaluación Censal del Estudiante (ECE). ¿Qué pretende el gobierno con hacer este tipo de evaluaciones a los estudiantes? La respuesta es sencilla, el gobierno busca desprestigiar el trabajo del profesor y enfrentarnos  con los padres de familia; por ello el  magisterio nacional tenemos que seguir rechazando contundentemente el PELA, QUINTIL, EBR, MARCA PERÚ, ECE, etc. Así mismo nuestra lucha viene dándose en el campo legal  con la presentación de las Acciones de Amparo y la Inconstitucionalidad de la Reforma Magisterial.

Por las consideraciones expuestas, SE CONVOCA A LA II ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS, a realizarse el 27 de Abril del 2013, en la ciudad de Ica (Auditorio del Colegio “San Luis Gonzaga”), a partir de las 09.00 a.m., con la finalidad de tratar el siguiente temario:

1.       Análisis de la situación política internacional-nacional
2.       Situación educativa nacional
3.       Situación del movimiento magisterial
4.       Informes sobre la fecha de inicio de la Huelga Nacional Indefinida 2013 (traer actas de acuerdo de huelga de las Bases)
5.       Plan de lucha y tareas.

Con la seguridad de su asistencia puntual y consecuente, le reiteramos nuestro más ferviente saludo de clase.


Sindicalmente;


Zenón Pantoja Fernández

21 de marzo de 2013

Perú: El Estado, mediante leyes, se evade de sus responsabilidades sociales

Por Miguel Palomino. El Congreso de la República aprobó recientemente un proyecto de ley presentado por el ejecutivo (ver) por el cual, en resumidas cuentas, se determina que el Estado empleador debe pagar menos contribuciones sociales para los maestros. La exposición de motivos de dicho proyecto de ley  indica que se busca reducir el costo para el Estado de los aumentos otorgados a los maestros con la Ley de Reforma Magisterial y lograr que los menores descuentos por contribuciones sociales permitan un mayor ingreso líquido para los maestros. Se hace además, a manera de justificación, una comparación con otros regímenes salariales de trabajadores del Estado, en los que también se determina arbitrariamente que parte importante de las remuneraciones percibidas no están afectas a las contribuciones sociales.


Que el Estado se exima a si mismo de pagar las contribuciones sociales que exige la ley, argumentando que son muy caras, es realmente lamentable. La nueva Ley determina que el Estado sólo pagará contribuciones sociales por el 65% de la Remuneración Integra Mensual de los maestros. Es decir, reduce sus contribuciones sociales en 35%. En la última oración de la exposición de motivos se advierte que "se está creando un régimen de excepción a lo establecido en las normas sobre remuneraciones aplicables a los demás trabajadores, quienes aportan y tributan sobre el 100% de su remuneración".
Las contribuciones sociales son los aportes que se hacen a ESSALUD y al sistema de pensiones que corresponda al trabajador. Limitaremos nuestro análisis a ESSALUD, pero el efecto sobre las pensiones es semejante. Recordemos que las aportaciones a ESSALUD son la fuente de financiamiento de dicha institución, que atiende a todo tipo de trabajadores y a sus dependientes. La tasa de aportación fue fijada para que ESSALUD obtenga los ingresos necesarios para cumplir su función. ESSALUD no atiende sólo a los trabajadores del Estado ni se financia con los recursos del Estado. Cuando el Estado se exime a si mismo de pagar aportes a ESSALUD ello significa que todos los afiliados tendrán que pagar los menores ingresos de ESSALUD y su menor capacidad de atenderlos. Y esto en una institución que ya enfrenta serios problemas debido en buena parte a la falta de presupuesto, la cual se debe en parte a que el Congreso aprobó medidas populistas nocivas que reducen significativamente los ingresos de ESSALUD (ver gráfico 1).

graf1_Essalud__Ingresos_reales_y_número_de_asegurados,_2006-2011.png
Las contribuciones a ESSALUD se deberían aplicar a todas las remuneraciones, y no deberían existir excepciones ni reducciones de tasas para ningún aportante porque todos recibirán los mismos servicios. Esto se aplica tanto a los trabajadores del Estado como a los trabajadores del régimen agrario cuyas contribuciones son menores que las de los demás trabajadores. Es injusto que la mayoría cargue con el costo de que el Estado o alguna empresa se ahorren alguito. La exposición de motivos indica que con la nueva Ley, el Estado reducirá sus gastos por contribuciones sociales en S/.161 millones anuales. Esa es la reducción que se dará en los presupuestos anuales de ESSALUD y de pensiones, y es el monto que tendrán que pagar, en peores servicios, todos los trabajadores asegurados (ver gráfico 2).
graf2_Essalud__Ingresos_reales_por_asegurado,_2006-2011.png
Argüir que el mérito de la nueva Ley es que los maestros tendrán una mayor disponibilidad de liquidez es absurdo pues, si ese fuera el objetivo, entonces se deberían eliminar todas las contribuciones sociales. Los aportes a los sistemas de salud y de pensiones se han determinado porque, aunque cuestan, se juzga que son convenientes para la sociedad y para los trabajadores; y el porcentaje de aporte se fija en función a los cálculos que se hacen respecto a los ingresos necesarios para poder cumplir con el objetivo de los respectivos sistemas. Reducir arbitrariamente las aportaciones perjudica directa y proporcionalmente a la seguridad social.
Fuente: